¿Seguridad Nacional o Seguridad Global?: un debate sobre el derecho humano a migrar
Por Álvaro Ramis, rector UAHC.
Publicado en Le Monde Diplomatique (octubre 2019)
La noción de Seguridad ha sido objeto, en las décadas recientes, de diversas interpretaciones y de lecturas, que determinan diferentes enfoques políticos frente a los debates ligados a la vulnerabilidad de los Estados y las personas. La forma cómo se conceptualizan las amenazas a la sociedad implica reacciones diferentes de la población y genera variados marcos de intervención de los gobiernos. Dentro de ese debate el concepto de Seguridad Global se diferencia de otras aproximaciones basadas en conceptos cómo Seguridad Nacional, Protección Civil, o Seguridad Humana.
La idea de Seguridad Global se arraiga en el informe Our Global Neighborhood[1], de la Comisión de Gestión de los Asuntos Públicos Mundiales de la Secretaría General de Naciones Unidas. Esta aproximación presupone una nueva comprensión de los asuntos de seguridad mundial, proponiendo una noción de la gobernabilidad que responda ante todo a los intereses de la humanidad en su conjunto, en apertura a un futuro sostenible, que esté guiado por valores humanos básicos y que adapte las organizaciones mundiales a la realidad de la diversidad planetaria.
De esta forma la Seguridad Global busca ampliar el enfoque tradicional de la Seguridad, focalizada en los Estados, para centrarse en la seguridad de las personas y del planeta. Ello no implica desconocer el derecho de los Estados a proteger su seguridad, pero asume que la comunidad internacional debe priorizar la protección y la seguridad de los pueblos. De esa forma las políticas de seguridad internacionales deben orientase a:
1– Garantizar, a todas las personas, el igual derecho a una existencia segura, de lo que emana la obligación de todos los Estados de proteger ese derecho.
2– El objetivo de evitar los conflictos y las guerras, conservar la integridad del medio ambiente y de los sistemas que permitan la vida en el planeta eliminando las condiciones económicas, sociales, medioambientales, políticas y militares que plantean amenazas, y anticipándose ante las crisis que puedan degenerar en conflictos armados.
3– Por lo cual se asume que la fuerza militar no es un instrumento político legítimo, salvo en los casos de defensa propia o mandato específico de las Naciones Unidas.
Los problemas propios de la Seguridad Global se plantean como desafíos cruciales, tanto para los Estados cómo para la humanidad, y se les debe conceder una importancia equivalente a otras amenazas tradicionales contra la paz y la seguridad. Entre esas situaciones se deben incluir las crisis sociales y financieras, los conflictos étnicos, el terrorismo, las ciberamenazas, el crimen organizado, el narcotráfico, el desplazamiento de poblaciones por razones climáticas, la degradación ambiental, la trata de personas, el desarraigo cultural y la falta de cohesión e integración social, entre otros.
El enfoque centrado en la Seguridad Global es muy pertinente al estudio de los efectos que las amenazas globales tienen sobre las personas migrantes, desde un enfoque que priorice su protección y busque la garantía de sus derechos fundamentales, ya que se comprende que muchos de los flujos migratorios actuales son un efecto de un déficit en la gobernabilidad global, por lo cual su análisis debe buscar la seguridad de la gente y la seguridad del planeta como objetivos fundamentales de una política de seguridad que no se reduzca a la seguridad de los Estados. Mientras el enfoque centrado en la seguridad nacional tiene a apreciar los flujos migratorios como una amenaza a los Estados, el enfoque de la Seguridad Global observa que son los Estados mismos los que pueden afectar la protección y seguridad de las personas migrantes, constituyéndose ellos en la verdadera amenaza.
Las prioridades de la Seguridad Global
Hablar de Seguridad Global supone armonizar tanto la protección de las personas como el cumplimiento del ordenamiento jurídico de los Estados, en armonía con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Este equilibrio es particularmente difícil de mantener cuando se aplica a la garantía de los derechos fundamentales y las libertades públicas de las personas migrantes. Existe una preocupación creciente y legítima, en países y regiones caracterizadas por gozar de sistemas políticos democráticos, sobre el impacto de las políticas de restricción de los flujos migratorios. Estas políticas, basadas en discursos aporofóbicos, xenófobos y racistas, una nueva amenaza global.
Es evidente que existe el deber de los Estados de implementar mecanismos orientados a defender y proteger tanto a sus ciudadanos, cómo a los no nacionales de los países que los acogen, en contextos de movilidad masiva de personas en contextos transfronterizos. Esta obligación implica buscar el cumplimiento de las normativas legales vigentes, pero a la vez ello no puede llevar a los gobiernos a olvidar o subordinar su obligación de garantizar sus obligaciones internacionales en materia migratoria, impidiendo abusos, torturas, tratos inhumanos, discriminaciones y otras formas de vulneración y discriminación arbitraria en materia de privacidad, libertad personal, desplazamiento, asociación, trabajo, acceso a salud, educación y otros servicios básicos, promoción de su integración política y cultural, entre muchos otros derechos.
Estas garantías se ven constantemente amenazadas cuando las autoridades analizan los movimientos migratorios bajo una óptica centrada exclusivamente en el enfoque de la Seguridad Nacional. Esa es la lógica que explica declaraciones como las de Mijail Bonito, asesor del Ministerio del Interior en políticas públicas para la migración, quién declaró en agosto de 2019: “La migración no es un derecho humano”. O la respuesta de Álvaro Bellolio jefe del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, a las críticas del Servicio Jesuita de Migrantes, asegurando que “sus acciones han mostrado constantemente que está a favor de una migración sin restricciones”.
Ciudadanía nacional y ciudadanía cosmopolita
La tensión entre estas dos concepciones de Seguridad surge desde una disputa anterior, ligada a la noción misma de ciudadanía. Atribuir el derecho de ser ciudadano a una persona puede servir tanto para incluirla como para excluirla. La expresión más clara de esta dimensión es el límite explícito entre personas nacionales y extranjeras. La ciudadanía sería de esa forma la dimensión jurídica de una frontera territorial.
Se pueden evidenciar muchos otros ejemplos de esta capacidad de incluir y excluir a partir de la noción de ciudadanía: durante siglos, las mujeres no fueron ciudadanas de pleno derecho; es decir, fueron excluidas del sufragio pasivo y activo. Y de forma práctica hoy también se pone al margen a los llamados ciudadanos “pasivos”: niños y jóvenes, adultos mayores, enfermos y dependientes, presidiarios, entre otros. Un conjunto de personas que viven su ciudadanía en estado de latencia, ya que sus posibilidades de ejercicio de derechos y deberes exigen ser subsidiadas por un sistema de delegación y representación de intereses en los ciudadanos “activos”, que deciden por ellos. Pero el caso donde la exclusión es más evidente es en la situación de los ciudadanos “no nacionales”.
Esta dicotomía ya la observó Séneca en un pasaje de las Epístolas a Lucilio. En ese texto el filósofo romano condena la esclavitud, afirmando que todos “somos miembros de un gran cuerpo. La Naturaleza nos creó parientes, sacándonos del mismo origen y destinándonos al mismo fin. Ella nos infundió el amor mutuo y nos hizo sociables”[2]. Este “parentesco universal”, que permite a fraternidad del género humano, se expresaría de dos maneras. Una primera forma, que describe como un vínculo espontáneo y natural, lo denomina que “amor a la patria”, es decir, es el vínculo a los que viven en la misma tierra y comparten las mismas costumbres. En segundo lugar, Séneca describe una forma de “amor a la humanidad”, orientado a ligarse a los diferentes por origen geográfico y social. Este segundo “amor” es una tarea que sólo se puede alcanzar como fruto del ascetismo y del esfuerzo. El “amor a la patria” sería fruto de la condición de ciudadanía en el marco del Estado, mientras el “amor a la humanidad” surgiría de la condición humana y originaría una ciudadanía universal o cosmopolita.
Esta antigua distinción muestra que la tensión entre lo Nacional y lo Global ha atravesado la historia humana. Seneca nos da una pista clave para destrabar esta contradicción: mientras la ciudadanía (y seguridad) nacional es espontánea y directa, la ciudadanía (y seguridad) global presupone un esfuerzo normativo, pedagógico y cultural deliberado, que se debe intencionar explícitamente. Séneca fundamenta ese objetivo en un deber de sociabilidad humana, condensada en el verso que afirma “hombre soy y nada humano me es ajeno” ya que “nacidos somos como todos”. Por eso, la igualdad radical del género humano, es el punto verdaderamente en disputa detrás del debate sobre las migraciones.
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[1] Comisión de Gestión de los Asuntos Públicos Mundiales (1995): Nuestra Comunidad Global. Informe de la Comisión de Gestión de los Asuntos Públicos Mundiales. Alianza, Madrid.
[2] SÉNECA, Cartas a Lucilio, Libro XV, Carta XCV.