La Política de Investigación de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano se propone promover y potenciar la investigación, creación e innovación que se realiza en la Universidad, asegurando estándares científicos y éticos de alta calidad, responsabilizando a las/los investigadores/as de su cumplimiento en la obtención de las certificaciones internas, bajo la normativa internacional y nacional que rige la materia.
Atendiendo a este propósito, en el mes de mayo de 2024 el Comité Ético Científico de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano renovó su institucionalidad, al aprobar el nuevo reglamento que regula su funcionamiento como órgano dependiente de la Vicerrectoría de Investigación y Posgrado (VRIP) en lo administrativo y autónomo en las materias de su campo específico de desempeño.
Descarga el Decreto de creación de la nueva institucionalidad del CEC-UAHC
¿Qué es un comité de Ética científica?
Un Comité Ético/Bioético-Científico es un órgano independiente compuesto por integrantes con experiencia en el ámbito científico y no científico, cuya función es asegurar la protección de los derechos humanos y el bienestar de las personas que participan de la investigación, basado en los seis principios de autonomía, justicia, beneficencia, buenas intenciones, confidencialidad y honestidad.
¿Qué rol cumple el Comité Ético Científico de la UAcademia?
El Comité Ético Científico (CEC) de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano (UAHC) tiene como objetivo proteger el bienestar y los derechos de las personas que participan en investigaciones científicas realizadas en y con seres humanos y que cuenten con el patrocinio de la Vicerrectoría de Investigación y Posgrado, VRIP-UAHC, en las áreas de la Salud, las Ciencias Sociales, las Artes y las Humanidades. Para ello, cuando corresponda, debe aprobar, modificar, suspender o finalizar toda investigación realizada con el patrocinio VRIP-UAHC que involucre a seres humanos.
¿Qué hacemos?
Las principales funciones del Comité Ético Científico de la VRIP-UAHC son:
- Evaluar los aspectos ético-científicos de los proyectos de investigación con seres humanos diseñados por investigadores/as que soliciten el patrocinio de la VRIP-UAHC, previo a su ejecución.
- Evaluar los aspectos ético-científicos relacionados con situaciones emergentes propios de la actividad de investigación, de la formación y de la difusión científicas de datos y resultados de investigaciones con seres humanos ejecutadas o publicadas por académicos investigadores/as con el patrocinio de la VRIP-UAHC.
- Realizar evaluaciones de seguimiento de investigaciones con seres humanos que soliciten el patrocinio de la VRIP-UAHC durante su ejecución.
- Aprobar o rechazar de manera fundada el patrocinio de la VRIP-UAHC para proyectos de investigación con seres humanos antes de su ejecución o durante su desarrollo.
- Efectuar actividades de formación en el ámbito de la ética de la investigación con seres humanos.
¿Cuáles son las principales normativas que regulan la ética de la investigación?
Normativa interna:
Normativa nacional:
- Descarga la Ley que regula el estudio del genoma humano y prohíbe su clonación.
- Descarga la Ley 19628, sobre Protección de la Vida privada
- Revisa las Directrices ANID Ética de la Investigación
- Lineamientos éticos ANID para Ciencias sociales y Humanidades
- Lineamientos éticos para investigación con animales
Normativa internacional:
- Descarga la Declaración de Singapur sobre la Integridad en la Investigación
- Declaración de principios y directrices éticas para guiar la protección de los sujetos humanos en la investigación – Informe Belmont
- Descarga el Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina.
- Descarga la Declaración de Helsinski de la asociación médica mundial
- Descarga las pautas éticas internacionales para la investigación relacionada con la salud y seres humanos (CIOMS)
¿Quiénes integran el CEC de la UAcademia?
La composición del Comité resulta de la designación de un miembro titular y otro suplente por parte de cada una de las facultades en que se organizan los ámbitos formativos de la universidad. De igual forma, la VRIP designará a un miembro titular y otro suplente, así como la Secretaría General de la universidad integrará el Comité o designará un/a abogado/a como miembro titular y/o suplente, quien colabore en la adecuada interpretación de textos legales cuando esto sea necesario.
Los miembros del CEC cuentan con formación y experiencia en investigación y en el análisis de consideraciones éticas asociadas a las áreas de formación que abarca la universidad. Asimismo, son capaces de identificar y analizar aspectos éticos básicos, problemas éticos particulares y desafíos éticos de la investigación con seres humanos, de manera informada y reflexiva al evaluar el diseño o el ejercicio de distintos tipos de estudios inscritos en las líneas de investigación establecidas por VRIP.
| Nombre | Cargo |
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Adán Salinas |
Presidente |
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Ana María Neira |
Secretaria |
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Francisco Pino |
Miembro Titular |
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Milena Gallardo |
Miembro Titular |
¿Necesitas una evaluación ético-científica de tu proyecto?
No todos los proyectos de investigación requieren necesariamente someterse a una revisión por parte de un comité ético-científico. La necesidad de contar con una evaluación ética depende de las características específicas de cada estudio, especialmente en lo referido a la participación de seres humanos, el tratamiento de datos personales o sensibles, los potenciales riesgos para los participantes y la naturaleza de los procedimientos de investigación involucrados. Existen investigaciones que, por su diseño, objetivos o fuentes de información, pueden estar exentas de revisión ética formal o requerir procedimientos simplificados de evaluación.
La determinación sobre la necesidad de evaluación ético-científica debe realizarse caso a caso, considerando tanto la normativa nacional como las orientaciones específicas de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) y/o la entidad que financie el proyecto, pública o privada, nacional o internacional, promoviendo una investigación responsable, transparente y respetuosa.
ANID ha establecido criterios y orientaciones específicas para determinar cuándo una investigación debe someterse a evaluación ético-científica y qué tipo de certificaciones o autorizaciones corresponden según el caso. Estos lineamientos distinguen entre investigaciones que involucran directamente a personas, aquellas que utilizan bases de datos secundarias, estudios documentales, revisiones bibliográficas y otras modalidades de producción de conocimiento. Esto suele aplicar a otras fuentes de financiamiento.
¿Requiere mi proyecto de una revisión ético-científica?
Revisa las directrices de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), con información clave y leyes de referencia: https://anid.cl/etica-de-la-investigacion-post/#elementor-toc__heading-anchor-0
¿Cómo realizo una postulación a revisión ético científica de mi proyecto adjudicado?
El Comité Ético Científico de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano se encuentra autorizado por ley para garantizar que se cumplan los principios éticos en investigación científica en seres humanos, otros seres vivos y el medio ambiente. Cada proyecto sometido a evaluación ética por el CEC UAcademia es revisado en relación con diferentes aspectos, tales como Validez científica, Valor social, Relación riesgo/beneficio y Medidas de resguardo de los participantes.
Para obtener la aprobación ético-científica de tu proyecto por parte del Comité, debes dar los siguientes pasos:
Paso 1: Revisa los requerimientos que puede realizarse a tu proyecto en las bases del concurso adjudicado.
Paso 2: Genera los documentos y/o recopila los antecedentes requeridos para la evaluación de tu proyecto
(* subir enlace a carpeta con formularios de CEC-01 a CEC-11)
Los antecedentes requeridos por el CEC para la evaluación ético-científica, sin perjuicio de las particularidades propias de cada proyecto de investigación. Considerarán al menos los protocolos o procedimientos, respecto de: el diseño científico del estudio; riesgos y beneficios potenciales para participantes en el estudio; protección de la privacidad y la confidencialidad de los participantes; manejo confidencial de los datos; incentivos, beneficios y costos financieros; procesos de autorización, de asentimientos o de consentimientos informados; autorizaciones, resguardo de identidades y fuentes, de archivos y/o bases de datos, especialmente de aquellas que contengan información sensible; tratamiento de artefactos; entre otros.
El/la investigador/a deberá presentar la documentación requerida por el CEC, que al menos debe consistir en:
- Formulario de solicitud de evaluación CEC.
- Descarga la Ficha de postulación
- Carta de presentación del investigador responsable, donde se resuma su trayectoria académica e investigativa y se presente brevemente el proyecto que será evaluado.
- Protocolo de investigación en extenso
- Descarga un formato tipo de Protocolo de Investigación
- Proyecto cuya evaluación se solicita.
- Protocolo de consentimiento informado u otro, si corresponde.
- Información relevante del proyecto a considerar en el proceso de evaluación por parte del Comité, como, por ejemplo, un eventual conflicto de interés por parte de algunos de los miembros del CEC.
- Descarga el modelo de Declaración de Conflicto de Interés para incluir en tu postulación (* Subir Enlace a Formularios con formatos tipo para Consentimiento informado: CEC-03 ; CEC-09, CEC-10; CEC-11).
- Documento que acredite la aprobación de la calidad ética científica del proyecto por parte de la institución patrocinante, cuando el proyecto que se solicita someter a evaluación ya haya iniciado su ejecución con el patrocinio de otra institución.
Paso 3: Considera que el proceso de revisión de la idoneidad ética de cada postulación no ocurre inmediatamente a su envío.
Recibidos los antecedentes, corresponderá al secretario/a del Comité revisar la completitud de estos antecedentes, presentados por el investigador responsable o principal. De estar completa la información, se acusará recibo de ella al investigador.
El Comité tiene sesiones regulares calendarizadas y sesiones extraordinarias cada vez que el cumplimiento de sus objetivos o funciones lo requiera.
Revisa el Calendario de actividades del CEC e identifica los plazos de envío
Paso 4: manda tu solicitud a vrip@academia.cl e investigacion@academia.cl
Recuerda que no se recibirán solicitudes enviadas a otras direcciones de correo electrónico.
Paso 5: Si es necesario, responde a los requerimientos que te haga el CEC.
En caso de falta de algún antecedente exigido en el proceso de evaluación, se informará de dicha situación al investigador/a responsable o principal quien dentro de cinco días hábiles deberá hacer entrega de los documentos requeridos. De no cumplirse este requerimiento, se entenderá por desistida la solicitud de evaluación.
Una vez revisada la documentación, el CEC emitirá un acta de rechazo o de aprobación fundada del proyecto evaluado, con o sin comentarios, según corresponda. La VRIP-UAHC comunicará a el/la investigador/a solicitante, los resultados de la evaluación realizada por el CEC, indicando las modificaciones y subsanaciones necesarias para su aprobación, o los motivos de su rechazo, si correspondiera.
El plazo para efectuar el informe de evaluación por parte del Comité será de treinta (30) días hábiles siguientes a su presentación, plazo que podrá prorrogarse por razones fundadas por una sola vez, por quince (15) días hábiles.
¿Cómo se realiza la evaluación?

Cierre de mi proyecto:
El/la investigador/a deberá presentar al CEC un informe final al término del proyecto, adjuntando los principales resultados de la investigación.
- Descarga el Formulario CEC-07 para elaboración de tu informe final, y Formulario CEC-06 para rendición de avances.
Para el cierre de tu proyecto, sigue estos pasos:
- Paso 1: Revisa los requerimientos que la entidad financiadora sostiene como cierre a tu proyecto. Si el proyecto es un FONDECYT, descarga los requisitos ANID para cierre de proyectos.
- Paso 2: Genera un informe de cierre académico y/o recopila los documentos requeridos para la autorización y registro del cierre de tu proyecto
- Paso 3: Revisa el Calendario de actividades del CEC e identifica los plazos de envío.
- Paso 4: Manda tu solicitud a vrip@academia.cl e investigacion@academia.cl .
Recuerda que la rendición ética y académica suele acompañarse de una rendición financiera. En caso de proyectos FONDECYT, considera que los bienes de capitales deben contar con un acta de cesión y seguro que se gestionan durante la ejecución del proyecto.
Consulta sobre el contacto interno para apoyo administrativo y rendición financiera en apoyoadministrativo@academia.cl , copiando a vrip@academia.cl e investigacion@academia.cl
Cierre de mi proyecto:
¿Qué investigaciones realizadas por académicos y académicas deben someterse a evaluación ética?
Deben ser evaluadas, al menos, las investigaciones que involucren:
- Participación de personas.
- Uso de datos personales o sensibles.
- Material biológico humano.
- Registros clínicos, educacionales o institucionales identificables.
- Observación de comunidades o grupos humanos.
- Intervenciones físicas, psicológicas, sociales o digitales.
- Uso secundario de bases de datos no anonimizadas.
¿Puedo comenzar la investigación antes de obtener la aprobación ética?
De acuerdo con estándares nacionales e internacionales de integridad científica, ninguna actividad de reclutamiento, intervención, encuesta, entrevista o recolección de datos puede iniciarse antes de la emisión de la aprobación formal del Comité.
¿El Comité evalúa la calidad científica del proyecto?
Sí, en la medida en que una metodología deficiente pueda exponer injustificadamente a las personas participantes a riesgos o generar resultados inválidos desde el punto de vista ético.
¿Los proyectos financiados por ANID requieren aprobación ética?
Los proyectos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo deben cumplir con los requisitos éticos y regulatorios establecidos en sus bases concursales y lineamientos institucionales. La aprobación ética, si corresponde (ver respuesta 6.1), debe obtenerse antes del inicio del trabajo de campo o de la ejecución de actividades con participantes.
¿Las investigaciones en ciencias sociales, educación y humanidades requieren evaluación ética?
Sí. Las investigaciones cualitativas y sociales también pueden implicar riesgos relacionados, por ejemplo, con:
- Privacidad
- Exposición emocional.
- Estigmatizació
- Relaciones de poder.
- Uso de testimonios o imá
- Tratamiento de información sensible.
Por ello, instrumentos de recopilación de información como entrevistas, grupos focales, etnografías, observaciones y encuestas pueden requerir revisión ética.
¿Qué ocurre si una investigación no cuenta con aprobación ética?
La ausencia de aprobación ética puede implicar:
- Imposibilidad de ejecutar el estudio institucionalmente.
- Restricciones para publicar resultados.
- Observaciones en procesos de financiamiento.
- Responsabilidades académicas o administrativas.
¿Qué responsabilidades éticas tiene el/la investigador/a responsable?
El/la investigador/a responsable debe:
- Garantizar el cumplimiento de principios é
- Proteger los derechos y bienestar de participantes.
- Presentar información veraz al Comité.
- Informar modificaciones del protocolo.
- Reportar eventos adversos.
- Resguardar adecuadamente los datos.
- Supervisar la labor del equipo de investigación y estudiantes asociados.
¿Qué ocurre en investigaciones dirigidas por académicos/as que incluyen estudiantes?
Cuando estudiantes de grado y posgrado participan en un proyecto, interno o externo, liderado por académicos/as, la responsabilidad ética principal recae en el/la investigador/a responsable y en quien dirige la investigación. Esto incluye supervisión metodológica, resguardo de datos y cumplimiento normativo. El/la IR debe formular un Acuerdo de confidencialidad al cual los/las tesistas deben adherir.
Descarga el formato de Acuerdo de Confidencialidad (Enlace a Formulario CEC-12)
¿Puedo utilizar datos previamente recolectados?
Sí, siempre que el uso secundario de datos sea compatible con los consentimientos originalmente otorgados y se garantice la protección de la confidencialidad. El Comité evaluará si corresponde consentimiento adicional o medidas especiales de anonimización.
¿Qué ocurre si la investigación involucra instituciones externas?
Si el estudio se desarrolla en escuelas, municipalidades, empresas u otras instituciones, pueden requerirse autorizaciones adicionales además de la aprobación ética institucional. El Comité podrá solicitar antecedentes complementarios de las instituciones participantes (Cartas de Autorización de representante de institución participante).
¿Cómo deben resguardarse los datos de investigación?
Los equipos de investigación deben implementar medidas de:
- Almacenamiento seguro.
- Acceso restringido.
- Codificación o anonimizació
- Respaldo institucional.
- Protección de archivos digitales y físicos.
Especial cuidado requieren datos sensibles, audiovisuales y registros en plataformas digitales.
¿Las investigaciones online requieren revisión ética?
Sí. Estudios realizados mediante formularios web, plataformas digitales, redes sociales, videoconferencias o aplicaciones también deben resguardar privacidad, consentimiento y seguridad de datos.El Comité evaluará los riesgos asociados al entorno digital.
¿Qué sucede si se modifica el proyecto aprobado?
Toda modificación relevante debe ser presentada al Comité antes de su implementación, incluyendo:
- Cambios metodoló
- Nuevos instrumentos.
- Ampliación de muestra.
- Incorporación de investigadores/as.
- Modificaciones en consentimiento o tratamiento de datos.
¿Qué se considera un conflicto de interés?
Existe conflicto de interés cuando factores personales, económicos, laborales o institucionales pueden influir —o percibirse como influyentes— en el desarrollo, análisis o reporte de la investigación. Los conflictos de interés deben declararse oportunamente en la postulación del proyecto y durante su ejecución. Consulta aquí el reglamento de Conflictos de interés de la UAcademia (enlace)
¿Qué se considera un evento adverso?
Es cualquier situación no prevista que pueda afectar la integridad, bienestar, privacidad o derechos de las personas participantes durante el estudio. Los eventos adversos deben reportarse oportunamente al Comité.