Académicos/as de la UAHC comentan_Proyecto de ley que busca indultar a detenidos del estallido social otorga un rostro y contexto a víctimas de violaciones a los DDHH
Parlamentarios de oposición presentaron un proyecto de ley que busca indultar a los detenidos y detenidas en el marco del estallido social ocurrido a partir de octubre de 2019. La normativa a discutir, beneficiaría a quienes estén imputados por “hechos delictivos”, relacionados con la protesta social, y que actualmente estén en calidad de autores, cómplices o encubridores de distintas infracciones.
El proyecto recopila la totalidad de informes de derechos humanos nacionales e internacionales que han redactado organismos y observadores independientes el último año. Para la docente de la Cátedra UNESCO Harald Edelstam de DDHH, Isabel Plaza, este proyecto es una fiel síntesis de proceso que mantiene detenidas a personas que no han tenido las garantías de un debido proceso, destaca sobre un texto que invita a ser leído ajeno a los sesgos mediáticos.
“Este proyecto de ley detalla de manera explícita cómo se han vulnerado las garantías procesales de las personas que han sido detenidas y la magnitud de estas penas en el contexto de la movilización social. Se refiere también de manera muy clara a las acciones cometidas por parte de las fuerzas de seguridad del Estado que han abarcado violencia física, fraudes y montajes para realizar detenciones ilegales, algo acreditado también por el poder judicial chileno”, explica. “Lo interesante es que este documento, por otro lado, entrega detalles sobre el perfil socioeconómico de estas personas detenidas hace más de un año que, en su mayoría, son jóvenes que han crecido en la pobreza y marginalización social. Niños y adolescentes, de los cuales un 40% pertenecen a centros de acogida de la red Sename”, advierte.
Responsabilidad políticas y penales
Este contexto de la detención y el “rostro” de los detenidos, permite analizar que, de los detenidos que fueron identificados como parte de la denominada Primera Línea, sólo 4 tenían antecedentes anteriores por desórdenes. Si bien 43 de ellos fueron liberados el Séptimo Juzgado de Garantía en marzo, la presión política del oficialismo los sometió nuevamente a prisión preventiva, recuerda, la coordinadora del Observatorio de Educación en Derechos Humanos de la UAHC.
El informe delimita con plazos específicos desde cuándo y hasta qué fecha estos detenidos podrán beneficiarse con este indulto (la fecha en que se presenta este proyecto) también quiénes pueden acceder a él a excepción de uniformados ni funcionarios de las FFAA. Esto último ha sido una prerrogativa de los familiares de estos detenidos que realizaban un ayuno voluntario desde el 27 de noviembre para exigir la gestión de un indulto de esta categoría.
Al respecto, Rubén Rivas, vocero de Grupo de Iniciativas por la Liberación de los Presos Políticos del Estallido Social, recibe con esperanza la noticia del proyecto presentado por los parlamentarios, pero fustiga la tardía acción y la ausencia de un gesto reparador particular ara los menores de edad aún detenidos. “Con esta propuesta de indulto, el Estado no está haciendo ningún favor a estos jóvenes y sus familias. Hay un quebrantamiento evidente del debido proceso, de la igualdad ante la ley y de la autonomía de los poderes del Estado. Lo que también se requiere es una autocrítica de todo el ambiente político que posibilitó estas vulneraciones al meterse los principios del derecho y de la democracia al bolsillo mientras se cometían las violaciones a los derechos humanos. Es tiempo de hacerse responsables”, asegura desde la acción de protesta que tiene lugar en la UAHC.
Desde la misma casa de estudios, el rector Álvaro Ramis, coincide en que no estamos ante un dádiva o gesto exclusivo de la clase política hacia la ciudadanía encarcelada, sino ante una posibilidad de indulto que es propia del derecho humanitario internacional y los estados transicionales como precedente. “Siempre que una sociedad ha transitado por un escenario de conflicto hacia el reencuentro como sociedad, ha atendido a los derechos de las personas que han sido encarceladas o han visto vulnerados sus derechos fundamentales producto de esa conflictividad precedente. Cuando esto ha sucedido en lugares como Colombia, Perú, África, Yugoslavia o Palestina tras los acuerdos de Oslo, por ejemplo, esta transición hacia la paz no ha sido un regalo, ni una concesión ni una dádiva. Es un derecho al cual se accede y hay jurisprudencia abundante al respecto”, señala.