En última sesión abordó caso de Jordano Santander_Ciclo de conversatorios sobre Ley de Indulto General en la UAHC concluye con cuestionamiento al rol de policía y Ministerio Público
La familia del joven reclama por una pena que catalogan de excesiva -que originalmente solicitaba 30 años de presidio bajo la figura de homicidio frustrado-, y las dudosas evidencias del caso, según explica su pareja Tania Parada, quien denuncia que su pareja no ha tenido un juicio justo y que al momento de su detención, junto a dos amigos, fue torturado. “Les hicieron una encerrona, los apuntaron con metralleta y llegando al cuartel los torturaron, los mojaron, los desnudaron. A uno le provocaron un TEC cerrado, a otro le reventaron un oído, a mi pareja lo crucificaron. Hay dos querellas de torturas contra la PDI. Está siendo condenado solo con declaraciones de los funcionarios”, relata.
Karina Ibarra, abogada defensora y jefa de la Defensoría Popular de Antofagasta, señala que a los tribunales “se les caen los juicios sin estas declaraciones porque [los funcionarios de la PDI o de Carabineros] son los únicos testigos. A Jordano se le condenó por una declaración de los policías de Investigaciones que, de hecho, representaban algunas contradicciones. En un momento en que lo detuvieron en el vehículo en que iba, podrían haber tomado fotos o videos, pero no obstante basta la declaración de algunos para poder sancionarlo por un delito que no es común, sino que es un delito que está tipificado en una ley orgánica constitucional de la Policía de Investigaciones y que hace algunos años en la agenda corta de Bachelet se aumentaron las penas, por lo tanto, ese delito parte en 5 años y un día”.
Otro tema al que se refiere Ibarra es al uso la prisión preventiva como herramienta política. Expertos coinciden en que la duración de la prisión preventiva -en el caso de Santander ha sido de más de un año- es desproporcionada e injusta. Por ese motivo -ha señalado el rector de la UAHC Álvaro Ramis– “aplica una ‘justicia de transición’, o justicia transicional, que se oriente a un proceso de pacificación frente al conflicto social que atravesamos. La idea fundamental es potenciar, promover y consolidar el Estado de Derecho. Pero para eso es necesario que el Estado responda a los cuestionamientos que se le hacen desde la ciudadanía, por ejemplo, la asimetría entre las suaves penas aplicadas a los delitos financieros o a los delitos cometidos por agentes del Estado en contextos represivos y las gravosas penas aplicables a las personas vinculadas a faltas o delitos ligados a movilizaciones políticas y sociales, que acusan una o más causales que les acreditarían como presos políticos”
En tanto, el coordinador de la Cátedra de Derechos Humanos de la U. de Chile, Claudio Nash, ha señalado, también en esta serie de conversatorios de la UAHC, que en las condenas “se debiera elevar el estándar de exigencia en materia probatoria, en un contexto donde existe un serio cuestionamiento al rol de las policías y del propio Ministerio Público, la prueba para condenar debiera ser objeto de un alto escrutinio judicial”.
El caso de Santander ejemplifica muy bien las denuncias que se han hecho en relación a la indefensión por parte del Estado y al factor del uso político del derecho penal que afecta a una parte importante de los presos, cree el rector Ramis en este nuevo encuentro con casos de detenidos/as de la revuelta. “Apoyamos la realización de un debate constante, que trata de instalar la necesidad de un indulto general que revierta la situación que actualmente viven tantas personas. Estos casos y testimonios reflejan la gravedad de lo que está ocurriendo en el país y la necesidad de una acción proactiva en el Congreso que responda a esta situación”, señala.
Karina Ibarra sostiene que “sin la lucha de nuestros jóvenes no habríamos podido dar este paso histórico de conformar una convención constitucional. Hoy tenemos a personas presas. La justicia usa la prisión preventiva como herramienta política. Estas prisiones preventivas buscan un fin ejemplificador para evitar que se sigan propagando las protestas”. La abogada argumenta que la única salida para la mayoría de los delitos es un indulto: “esto requiere una salida política. No podemos desconocer la naturaleza política de nuestros presos de la revuelta”.
Revisa acá el último conversatorio
Ciclo en facebook live
Conversatorio “DDHH y garantías ciudadanas de los presos de la revuelta: El caso de Felipe Santana”
Conversatorio “Hacia la ley de indulto general de las personas presas durante el estallido social”
Conversatorio “Neoliberalismo, exclusión social y prisión política”