Sólo para el Proceso de Admisión 2025, el puntaje asociado al percentil 50 será de 502 puntos y el porcentaje asociado al percentil 60, será de 528 puntos.
Para el Proceso de Admisión 2025, quienes ingresen a programas de primer año, deben considerar que, según el artículo 27 bis de la ley N° 20.129 que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la Educación Superior, es necesario cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
Requisito N°1
Haber rendido la prueba de admisión universitaria y obtener un rendimiento que lo ubique en el percentil 60 o superior, teniendo en cuenta el promedio de las pruebas obligatorias.
Requisito N°2
Tener un promedio de notas de la enseñanza media que lo ubique dentro del 20% superior de su establecimiento educacional.
Requisito N°3
Haber rendido la prueba de admisión universitaria y obtener un rendimiento que lo ubique en el percentil 50 o superior, teniendo en cuenta el promedio de las pruebas obligatorias y tener un promedio de notas de la enseñanza media que lo ubique dentro del 40% superior de su establecimiento educacional.
Requisito N°4
Haber realizado y aprobado algún Programa de Atracción de Talento Pedagógico y rendir la prueba de admisión universitaria.
Requisito N°5
Haber realizado y aprobado algún Programa de Acceso a Carreras de Pedagogías y encontrarse inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, establecido en el Título V de la ley N° 20.422. En este caso no será necesario rendir la prueba de admisión universitaria.