GENERO, DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

Protocolo para la violencia sexual y de género

Comité triestamental de recepción y acogida de denuncias de violencia sexual y de género.

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La instancia institucional para la recepción y acogida de denuncias formales será denominada: COMITÉ TRIESTAMENTAL DE RECEPCIÓN Y ACOGIDA DE DENUNCIAS FORMALES DE VIOLENCIA SEXUAL Y/O DE GÉNERO EN LA UAHC.

Por su parte, la Unidad de Género y Sexualidades será la instancia institucional, que dependerá de Dirección de Justicia Social e Inclusión, y tendrá por principal objetivo promover y propiciar la incorporación de la perspectiva de género y de la diversidad sexual de manera transversal en todos los ámbitos institucionales. Uno de sus ámbitos de competencia será lo relativo a la violencia sexual y de género, en la medida en que orientará acciones tendientes a la promoción de una cultura universitaria libre de violencia sexual y de género; la prevención de la violencia sexual y de género en el espacio universitario; y la difusión, implementación y mejoramiento permanente del Protocolo.

Constitución del Comité

Se constituirá un comité triestamental de recepción y acogida de las denuncias formales de violencia sexual y/o de género, y asume las responsabilidades, atribuciones y alcances que el presente protocolo determina.

Este Comité Triestamental deberá conformarse con tres representantes permanentes, al menos por un año y máximo dos; de cada facultad, uno por cada estamento: estudiantil, trabajadores/as no académicos/as y trabajadores/as académicos/as. Cada estamento elegirá, a través del mecanismo de votación universal y ajustándose a los mecanismos de elección que la UAHC establece en su reglamentación para todos los cargos de representación estamental, a dos integrantes: un titular y otro/a que oficie de subrogante. El Comité Triestamental quedará constituido entonces, por un grupo de 9 personas.

Características del Comité

El comité tendrá las siguientes características:

  1. Triestamental, debiendo para su funcionamiento encontrarse electos al menos representantes de dos de los estamentos.
  2. Conformarse con un máximo de hasta un 40% de hombres.
  3. Permanencia: la participación de los miembros del comité será con una duración mínima de un año y máxima dos años.
  4. Con experiencia en temáticas de género y/o violencia contra las mujeres y LGBTI+, reflejada en una carta motivacional a calificar por la Unidad de Género y Sexualidades.
  5. Autónomo en su proceder y con obligación de informar a las autoridades universitarias pertinentes.

Una vez constituido el comité triestamental, se organizará internamente para designar un/a secretario/a del Comité, que lleve registro de actas, y que se encargue de notificar y hacer las citaciones correspondientes en el proceso.

Mecanismo de Elección del Comité

Una vez que el presente protocolo haya sido aprobado por el Consejo Superior Universitario, y decretada su implementación por la Rectoría y la Secretaría General, de acuerdo a sus funciones establecidas en el artículo 47 letra f) del Reglamento Orgánico UAHC y demás normativas institucionales referidas a las elecciones de órganos triestamentales, se organizará el proceso electoral para la conformación de este Comité Triestamental. Este proceso electoral estará conducido por la Secretaría General de la Universidad.

Requisitos para ser Electo/a miembro del Comité

  1. Ser parte de la comunidad universitaria UAHC desde al menos dos años consecutivos.
  2. Tener experiencia en temáticas de género y/o violencia contra las mujeres. Para calificar el grado de experiencia. El TRICEL contará con la asesoría de la Unidad de Género y Sexualidades para la calificación de las postulaciones.
  3. No encontrarse imputado o condenado por falta, simple delito o crimen ni ser objeto de alguna medida provisional o haber sido sancionado por algún acto de violencia sexual o de género por cualquier entidad pública o privada.
  4. No haber sido sancionado/a o tener denuncias en la universidad, ya sea en la misma o en otras materias.

Incompatibilidades

Si alguno/a de los integrantes del comité cayere en algunas de las siguientes causales de incompatibilidad, operará la figura de la subrogancia, debiendo su subrogante electo/a incorporarse al comité en forma permanente si se tratare de la causal No 1 y en forma temporal para el resto de las causales, mientras dure la incompatibilidad.

1) Perder uno o más de los requisitos para ser electo.

2) Tener una relación de matrimonio, acuerdo de unión civil, convivencia o parentesco por afinidad o consanguinidad de hasta el cuarto grado inclusive con uno o más de los denunciados/as o denunciantes.

3) Pertenecer a la misma escuela de uno o más de los denunciados/as o denunciantes.

4) Tener una relación de subordinación, dependencia o jerarquía con uno/a o más de los/as denunciados/as o denunciantes.

Responsabilidades, Atribuciones y Vínculos con otras instancias universitarias

En su labor, el Comité Triestamental deberá activar y dar cumplimiento al presente Protocolo, relacionándose con las instancias disciplinarias universitarias correspondientes a través de las siguientes acciones:

  1. Recibir la denuncia y dar aviso inmediato a la Secretaría General y a la Unidad de Género de la UAHC.
  2. Recopilar los antecedentes necesarios para construir el caso a presentar ante las instancias disciplinarias internas (Tribunal de Disciplina, Comité de Ética o Comité de Investigación) ó externas (tribunales, fiscalías, órganos administrativos, etc.) pertinentes, las que deberán realizar las investigaciones y sugerir las sanciones a ser decretadas.

En este sentido, la labor del Comité Triestamental se abocará a:

  1. Recoger y analizar los antecedentes; y
  2. Proponer a las autoridades universitarias medidas transitorias y de protección mientras se desarrolle dicha recopilación y análisis de antecedentes por el Comité Triestamental y la investigación por el Tribunal de Disciplina, Comité de Ética o Comité de Investigación, según corresponda.
  3. Elaborar un Informe del Caso y presentarlo ante las instancias disciplinarias internas (Tribunal de Disciplina, Comité de Ética o Comité de Investigación) ó externas (tribunales, fiscalías, órganos administrativos, etc.) pertinentes, las que deberán realizar las investigaciones y sugerir las sanciones a decretar.

Apoyos Institucionales para la labor del Comité

Para llevar a cabo sus funciones el Comité Triestamental contará con los siguientes apoyos institucionales:

  1. La Unidad de Género y Sexualidad de la UAHC prestará asesoría técnica en la identificación de elementos constitutivos de Violencia Sexual y de Género, entregando, además, instancias de capacitación y formación permanente tanto al Comité Triestamental como a otros órganos de la universidad que así lo requieran. Estas instancias incluirán desde luego al Tribunal de Disciplina, Comité de Ética y Comité de Investigación.
  2. La Asesoría Jurídica, la Clínica Jurídica y la Escuela de Derecho de la universidad, a través de abogados/as con formación en temáticas de violencia sexual y de género, otorgará asesoría jurídica para dimensionar los alcances reglamentarios internos y externos cuando corresponda.
  3. El Centro de Atención Psicológica, el Centro de Intervenciones Sociales, la Escuela de Psicología y la Escuela de Trabajo Social de la Universidad, a través de profesionales con formación en temáticas de violencia sexual y de género, dará apoyo Psicológico y Psicosocial para la contención de las/los denunciantes, los/las integrantes del mismo Comité Triestamental y para activar procesos reparatorios.

La Unidad de Género y Sexualidades de la UAHC establecerá convenios con organismos externos especializados en temáticas de violencia sexual y de género para prestar asesoría técnica, jurídica, psicológica y psicosocial al Comité Triestamental y otras instancias universitarias que así lo requieran.

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