La guerra en Ucrania y el imperativo de los Derechos Humanos
(*) Por Álvaro Ramis
Columna publicada en Cooperativa
Desde el derecho internacional no existen matices. La agresión de la Federación Rusa a Ucrania constituye un ataque militar unilateral que viola abiertamente la Carta de Naciones Unidas, la que demanda taxativamente que los conflictos deban ser resueltos de forma pacífica y sin acciones de guerra. Existen antecedentes históricos y jurídicos que podrían contextualizar estos hechos, pero en un plano muy inferior al rechazo categórico a la violación de los principios de igualdad soberana de los Estados, respeto de los derechos inherentes a la soberanía, abstención de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza, inviolabilidad de las fronteras e integridad territorial de los estados. Ante los hechos consumados, Ucrania está plenamente facultada para hacer uso de la legítima defensa armada para repeler una agresión externa, según las regulaciones que establece la propia Carta de la ONU.
Por lo tanto, no existe margen para justificar o intentar validar esta invasión. La guerra ofensiva constituye una violación incontrovertible al derecho internacional de los derechos humanos y cualquier relativización en esta materia constituye una forma de negacionismo de una de las formas más brutales de violación de los derechos humanos que se puedan ejecutar, ya que constituye un antecedente necesario para posibles crímenes de lesa humanidad y vulneraciones gravísimas a la dignidad de las personas.
Establecido este criterio, en el que no cabe gradación alguna, cabe preguntarse por la vía de solución y restablecimiento de la legalidad internacional, sin la cual no es posible alcanzar la paz. La primera constatación es que el conjunto de la comunidad internacional debe reflexionar sobre las continuas y naturalizadas violaciones a la Carta de la ONU que en este mismo momento se están ejecutando en otros contextos y latitudes, durante largas décadas. No es necesario remontarse a la historia, basta con revisar el conjunto de conflictos actuales, que al cronificarse han colaborado a diluir la fuerza del imperio de la legalidad internacional. Entre los más lacerantes están: la ocupación de Palestina por el estado de Israel, la intervención de diversas potencias en Siria e Irak, el bloqueo a Cuba, el diferido reconocimiento internacional al Sahara Occidental, sólo por señalar algunos de los dramas humanitarios más intolerables y que constituyen antecedentes en el plano de la relativización del derecho internacional por intereses estratégicos y económicos muy amplios, que van más allá de los países directamente afectados.
Los derechos humanos constituyen una de las construcciones fundamentales de la humanidad para alcanzar la paz, el progreso y la vida digna. De allí que se definan como universales, indivisibles e interdependientes y relacionados entre sí. Un conflicto armado o un contexto de violación al derecho internacional no es un acontecimiento aislado, es un proceso conectado sistemáticamente a un marco de legalidad que se fortalece en su cumplimiento y se debilita en la impunidad de sus vulneraciones.
Por eso, sería esperable que la justificada alarma sobre la guerra en Ucrania lleve a revisar la coherencia de políticas de los estados en materia de su propio respeto al derecho internacional humanitario. No cabe asumir que existen guerras ofensivas intolerables y otras toleradas, refugiados de primera y refugiados de tercera, masacres ilegítimas y masacres irrelevantes, estados a los que cabe respetar su derecho a la autodeterminación y soberanía, y otros a los que estos principios se les niega de forma absoluta.
La guerra es inevitablemente un proceso de brutalización que lleva aparejado lo peor de la especie humana. La reacción ciudadana debe ser un “no a la guerra” tajante, y la exigencia a encontrar mecanismos distintos para la solución de las controversias, porque siempre se deben anteponer los derechos de las personas. No son admisibles ni las guerras preventivas, ni las que argumentan supuestas armas de destrucción masiva o las que imputan intenciones ajenas. Tampoco lo justifica la protección o la seguridad de un Estado que argumente un inexistente derecho a un área de influencia geopolítica. Estos principios valen tanto para la Federación Rusa como también para China, Estados Unidos y la OTAN en innumerables otros contextos.
No caben los ejercicios de cinismo o hipocresía: no hay agresiones militares buenas y agresiones malas. El imperativo categórico de nuestra época es hacer prevalecer el derecho internacional por encima de simpatías o antipatías hacia países y sistemas políticos concretos.
(*) Rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.